Monday, April 20, 2026
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Cuatro bultos de croquetas es la pena en Morelos por matar a Baileys.

Figura de suspensión condicional permite al juez condicionar el proceso si el imputado acepta ciertas medidas reparadoras como 4 bultos de alimento para perro.

By Oswald Alonso Navarro , in Sociedad , at 9 de julio de 2025

Cuernavaca, Mor.- A primeras horas del lunes 7 de julio, frente al imponente edificio del Tribunal Superior de Justicia de Morelos, una lluvia nada usual comenzó a caer: croquetas, no balas; salsa, no consignas. Era el grito colectivo  cargado de indignación, de activistas y ciudadanos que exigían algo más que cuatro sacos de comida como reparación a un crimen: la brutal muerte de Baileys, un perro que rondaba amistoso por la colonia Lázaro Cárdenas, en Cuernavaca.

El 20 de junio, Roberto “N”, un joven identificado como estudiante de la universidad pública, golpeó a Baileys con un objeto contundente hasta causarle la muerte. El animal murió mientras era trasladado a una clínica veterinaria. Las imágenes del ataque circularon en redes y provocaron la detención del agresor el 30 de junio por cargos de maltrato y crueldad animal agravada

Sin embargo, en una audiencia el juez Natanael Subdías Aguilar, vinculó el asunto a una figura legal conocida como suspensión condicional del proceso. En lugar de prisión, el imputado  recibió la obligación de entregar cuatro bultos de croquetas y se le prohibió acercarse a animales durante un año.

El magistrado presidente del Tribunal Superior, Juan Emilio Elizalde Figueroa, respaldó al juez: dijo que la resolución “se apegó a derecho” y que no existían reformas legislativas recientes que permitieran imponer sanciones más severas. Reiteró su disposición para colaborar con el Poder Legislativo y establecer una política estatal que realmente proteja a los animales

Efectivamente, la Ley Estatal de Protección a la Fauna de Morelos, estipula que el maltrato animal es sancionable con 6 meses a 4 años de prisión, además de multas de 300 a 1,000 días de salario mínimo. En caso de reincidencia, las penas pueden incrementarse hasta en dos terceras partes, según el artículo 328 del Código Penal estatal.  

No obstante, la figura de suspensión condicional permite al juez condicionar el proceso si el imputado acepta ciertas medidas reparadoras, siempre que: no se trate de un delito con pena superior a cuatro años o no haya antecedentes penales graves y se cumplan las condiciones impuestas como las croquetas y la prohibición de acercarse a animales.

Más allá del estrado y la letra fría del expediente judicial, aquella mañana se tejió una historia de revolución  emocional: el piso del tribunal manchado de croquetas, el rojo de la salsa como metáfora visual de la sangre derramada. Alzó la voz Vanesa Perbellini, activista, quien gritó al juez: “¿Cuánto vale la vida de un perrito?”

El contraste era brutal: el icono de la justicia —Temis, con su balanza— bajo una lluvia de croquetas, como una ironía gráfica del castigo mínimo impuesto. La ley contemplaba cárcel y multas severas, pero el veredicto fue un compromiso con lo simbólico. La incomodidad fue colectiva.

Las y los defensores de animales expusieron que el caso de Baileys no es solo un fallo judicial; es un espejo que nos muestra la velocidad con que la legislación muchas veces pierde el paso frente a la sensibilidad social. Mientras la ley contempla penas de cárcel, la praxis opta por el gesto: cuatro bultos de croquetas.

Y cuestionaron si los bultos de croquetas ¿Es justicia?.  Ahora bajo el #JusticiaParaBaileys,  piden cárcel, transformación legal real, y heridas sociales corregidas con algo más que alimento. El Tribunal ofrece acompañamiento institucional, pero la respuesta sigue dibujándose en la tensión entre letra y espíritu.

Las croquetas y salsa en el suelo dejaron un mensaje devastador: en Morelos, la justicia todavía no sabe cuánto vale una vida que no lleva pasaporte humano. (texto de la redacción)

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